jueves, 7 de febrero de 2013

Legislación social y económica de las Cortes de Cádiz.



Las Cortes de Cádiz se convocaron en el 1810, en plena Guerra de la Independencia, como una respuesta a la necesidad de afrontar los graves problemas que el conflicto bélico suscito y que la Junta Suprema Central no había podido resolver. El hecho de que muchos diputados elegidos no pudieran acudir a Cádiz y fueran remplazados por gaditanos, permitió formar una asamblea dominada por las ideas liberales, de gran arraigo en la ciudad.

La aportación más conocida de estas cortes fue, sin duda, la Constitución de 1812, primera promulgada en España, pero también se aprobó una extensa legislación que completaba el texto constitucional y cuyo objetivo era desmontar el Antiguo Régimen y construir un nuevo Estado liberal. El primer paso fue establecer el principio de la soberanía nacional, de manera que el poder residiera en el conjunto de los ciudadanos representados por los diputados elegidos y no únicamente en el rey, tal y como mantenía hasta entonces el absolutismo.

En el terreno económico y social, las Cortes especialmente a partir de 1813 aprobaron una serie de decretos destinados a eliminar el Antiguo Régimen. Los derechos y libertades públicas y fueros. Desaparecen los conceptos “señor” y “vasallo” y  los privilegios fiscales de la nobleza y el clero con el fin de contribuir por igual al sostenimiento de los gastos del Estado. Por la Ley de Señoríos (1811) se suprimieron los señoríos jurisdiccionales, aunque no los territoriales, que siguieron en poder de sus dueños, pero convertidos ahora en simple propiedad privada. De este modo, los antiguos señores consolidaron la propiedad de las tierras y siguieron cobrando las rentas, porque no se definió claramente que pagos suprimían, mientras que los campesinos continuaron, en su mayoría, sin acceder a esa propiedad y, en muchos casos, vieron incrementadas las rentas que pagaban a los dueños de las tierras. Además los mayorazgos pervivieron no siendo atacada esta figura jurídica hasta la Ley Desvinculadora de 1820. Se aprobó la desamortización y reparto de las tierras comunales y baldíos. El objetivo era favorecer la actividad económica impulsando la compraventa de tierras y, en el caso de la desamortización, obtener fondos con los que reducir la deuda pública y recompensar a los militares retirados.

La ley ganadera suprimía el Concejo de la Mesta y la ley agrícola establecía la desregulación de los precios. Con una intención similar (implantar la libertad económica basada en la propiedad privada y en la búsqueda del beneficio) por la ley de industria se suprimieron las organizaciones gremiales, proclamándose la libertad de trabajo y contratación, y se estableció la unificación de los mercados y la libertad de comercio. Los trabajadores urbanos afectados por estas medidas perdieron las garantías que les otorgaba el modelo del Antiguo Régimen y, a la larga, se sintieron más desprotegidos ante las nuevas condiciones laborales y económicas, que ahora dependían únicamente de la voluntad de los empleadores y de la competencia empresarial.

Fue abundante la legislación religiosa, con el fin de reformar y mejorar el funcionamiento de la Iglesia (mejor reparto de sus rentar, elevar la formación del clero y hacer más eficaz la administración eclesial). Además se precedió a la incautación y venta de los bienes de las Ordenes Militares, de los Jesuitas y de los conventos desaparecidos por la guerra. Otro decreto estableció la abolición de la Inquisición, asunto al que se opusieron firmemente los diputados conservadores y la propia Iglesia. Se decreto también la libertad de imprenta, salvo en temas religiosos que continuaban bajo el control de la Iglesia.

2 comentarios: